Crimen en Carabanchel

TRISTE NOTICIA SOBRE CRIMEN EN CARABANCHEL

 

Somos muchos los abogados y abogadas que a diario nos enfrentamos a esta realidad, desde una perspectiva procesal, es decir, desde la detención del varón por llamada previa de la mujer, comenzando, en comisaría las primeras actuaciones.

 

A la mujer se la informa de todo el abanico de derechos con los que cuenta para obtener la defensa que reclama en virtud de la denuncia que interpone. Al hombre, se le informa de los hechos por los que ha sido denunciado y de los derechos que le asisten como tal.

A ambos se les invita a prestar declaración, siendo la víctima la que habitualmente ratifica los hechos por los que ha alertado a las autoridades, e inicia todo el proceso que deviene a continuación.

Al llegar a la defensa del investigado detenido en sede judicial, se nos traslada el atestado, podemos conocer los motivos y circunstancias y vemos en su caso los informes médicos que pueden obrar en la causa, pero vemos también, el llamado informe VIOGEN, donde la Policía Nacional, realiza una valoración del riesgo en el que se encuentra la víctima denunciante.

El resultado de este informe, debo decir, que tiene escaso valor, porque es una valoración que fácilmente no encaja con la realidad y que además su valoración por el Juzgador que realiza las actuaciones de guardia depende del resto de circunstancias siendo muchas veces obviado para resolver si procede o no una orden de protección o no, o si los hechos merecen ser investigados o no.

Hemos conocido hace escasos días la noticia del hombre que ha matado a su hija y a la que fue su mujer, habiendo sido denunciado previamente. El eco de la noticia alcanza hasta conocer que en su día fue denunciado pero que la víctima no ratificó la acusación, teniendo un informe VIOGEN de alto riesgo.

Obviamente la regulación que existe para la protección de las víctimas y para que la violencia de género ceses, mantiene lagunas enormes, puesto que, si bien dicho informe VIOGEN es el resultado de un cuestionario al que ha respondido la víctima, la misma víctima respondió restando importancia a los hechos incluso afirmando haberlos olvidado, cosa que resulta llamativamente extraña, y esto hizo que dicho informe no tuviera valor alguno y que los hechos por los que denunció así como toda la maquinaria que en su defensa se puso en marcha, quedara en agua de borrajas.

¿Cómo puede ser que la víctima declarase no recordar las lesiones, y tuviera un informe VIOGEN de alto riesgo?

¿Por qué el Juzgador de oficio, no puede poner en relación todo el material que obra en la causa y resolver en contra del investigado?

En este caso, nada se estimó, ni orden de alejamiento ni la comisión de delito alguno, cuando en otros casos quizá por la máxima de más vale prevenir, se han acordado órdenes de alejamiento, que si bien, en muchas ocasiones, se vulneran tanto por los investigados como por las propias víctimas, lo cierto es que quizá la situación de las víctimas en este caso podría haber sido otra, pues de la investigación de los hechos, si no se hubieran archivado, podría haberse revelado la situación de maltrato en la que esta mujer se encontraba, realizándose un informe pericial por facultativo especialista que hubiera podido valorar el por qué de la discrepancia en la víctima, que claramente en este caso, es evidente, pero en aquel momento no.

Con estas líneas quiero poner de manifiesto, el trabajón, permitan la expresión, que queda en esta materia, empezando por la especialización de todos aquellos que trabajen en causas de violencia de género, para poder encauzar los esfuerzos a un efectivo fin de esta lacra.

Especialización que comienza con las Autoridades Policiales que asisten en primer término a las víctimas, y que continua con el personal del Juzgado, Fiscales, Forenses, e incluir peritos psicológicos capaces de identificar situaciones tan llamativamente contradictorias como la expuesta.

Actuar contra la violencia de género no es en mi opinión, proceder a la detención de todos aquellos que son denunciados por ello, e iniciar la misma maquinaria para todos, porque lleva haciéndose ya muchos años, y los resultados no parece que mejoren demasiado.

No existe un verdadero estudio y dedicación a los casos que merecen el volcado de todos los recursos con los que cuenta la Administración. No se pueden copar los Juzgados de Violencia con denuncias, que no tienen otro camino que la absolución de los supuestos agresores, que conviven con aquellas denuncias que requieren claramente de una mayor dedicación pero que terminan siendo todas tramitadas de igual forma y donde los criterios juzgadores en varias ocasiones terminan siendo equivocados.

Lamentablemente casos como el de Carabanchel siguen ocurriendo, pero el por qué una víctima se contradice tan llamativamente, sirve para absolver al denunciado en lugar de al revés, utilizarse para valorar que realmente esa mujer se encontraba en un riesgo extremo debiéndose desplegar toda batería de medidas de protección.

 

 

Lda.Milagros Palao Herrera

Grupo Empresarial Juárez&Asociados S.L

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